Con motivo de una reciente Sentencia de un Juzgado de Cartagena que declaró la nulidad de una cláusula suelo en un préstamo hipotecario celebrado por una empresa y una entidad bancaria, hablamos en el programa Murycia de Onda Regional sobre este tema.
Ya en 2018, el Tribunal Supremo dictó varias sentencias mediante la que anulaba la cláusula suelo a una empresa, así como obligaba a devolver las cantidades cobradas de más por aplicación de la referida cláusula, y al pago de las costas judiciales.
Al ser la parte demandante una empresa, se les aplica lo que se conoce como “control de incorporación de las condiciones generales”, por tener ambos la categoría de empresarios. Al tratarse ambas de personas jurídicas –empresarios– están obligados a mantener la buena fe en su actuación, debiendo suministrarse información y total transparencia en sus relaciones de negocios. No se les aplican las leyes de consumidores y usuarios, sino la Ley de Condiciones Generales de Contratación y el Código Civil.
Intervención en MuryCia de Onda Regional sobre esta cláusulas suelo en empresas
Fernando Campillo
Abogado