Actualización enero 2024
Muchas entidades financieras “colaron” unas cláusulas en las hipotecas en las que se imponía que todos los gastos de la formalización de la hipoteca eran por cuenta del cliente.
Tras varias sentencias históricas el Tribunal Supremo declaró la nulidad de estas cláusulas y fijan que es al banco al que le corresponde pagar los gastos de constitución de la hipoteca
Estos gastos comprenden una serie de cargos que, en muchos casos, se impusieron exclusivamente a los clientes, a pesar de que no deberían haber sido su responsabilidad.
Entre los gastos hipotecarios que puedes recuperar se incluyen
El 100% de los gastos de registro de la propiedad, los gastos de tasación de la vivienda, los gastos de gestoría y la comisión de apertura.
El 50% de los gastos de notario
El interés legal desde el momento en que se recibió el pago indebido.
Aquellas personas que suscribieron su hipoteca antes de junio de 2019, antes de la entrada en vigor de la Ley Hipotecaria de 2019, y que realizaron los pagos correspondientes a gestoría, notaría, registro y tasación.
En el caso de las hipotecas firmadas a partir de esa fecha, son los bancos los responsables de asumir estos gastos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha establecido una regla importantísima a través de una histórica sentencia en enero de 2024.
Según esta regla, el plazo de reclamación comienza cuando el consumidor tiene conocimiento de las cláusulas abusivas en su hipoteca.
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