Sanbenito, lapidación y presunción de inocencia

Presunción de inocencia
Presunción de incencia

Colgaba la Inquisición a ciertos acusados una prenda llamada Sanbenito, con el fin de que públicamente se identificara su infamia. La minusvaloración social se heredaba incluso por los descendientes, que veían como los viejos sayos de sus abuelos colgaban de las iglesias.

Extinguida la Inquisición, avanza  la Sociedad y los derechos, consagrándose la presunción de inocencia como un pilar fundamental de la democracia, recogiéndose en el arículo 24 de la Constitución.

Para nuestra jurisprudencia constitucional y del Tribunal Supremo, la presunción de inocencia exige que el acusado, por muy grave que sea el crimen que se le atribuye, sea tratado por la Sociedad como si fuese inocente, hasta que exista una Sentencia firme que declare lo contrario, mereciendo entre tanto el derecho a exigir incondicionalmente, frente a todos, el trato de inocente.

No existe denuncia ni resolución, distinta a la Sentencia ya inatacable, que faculte a tratar a un individuo como culpable: ni el atestado policial, ni la declaración de la condición de imputado o el Auto de procesamiento tienen capacidad para poner en cuestión el derecho fundamental a la presunción de inocencia.

Vista la teoría, la practica como vemos dista mucho de la realidad, máxime cuando el investigado es un personaje público. Hemos pasado del enroque de hace unos años al rasgado de vestiduras de los compañeros de partido político. Posiblemente sea necesario realizar una reflexión sobre la necesidad de autorregulación por parte de los propios partidos a  fin de establecer mecanismos eficaces para, en el ámbito de la responsabilidad política, exigir responsabilidades a la vista de los indicios existentes. Por ejemplo, una conversación telefónica interceptada puede ser declarada nula por un Tribunal y expulsada del proceso, pero eso no quita que oír a un concejal, diputado,… contando billetes no chirríe en los oídos. 

Se hace necesario exigir un plus moral a quien nos representa de tal suerte que, recodando que uno no es culpable de un delito hasta que no es condenado, el mero indicio de dejarse agasajar con regalos (trajes, bolsos, apartamentos más baratos,…) nos haga plantearnos que no es digno de su responsabilidad y sus propios compañeros de partido se lo recuerden.

Ahora bien, el tratamiento informativo debe recordar en todo caso, que no es culpable en tanto no se demuestre. Evitaríamos los linchamientos públicos que últimamente hemos visto, sea uno político o tonadillera. 

 

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