No existe dolo o culpa en la omisión del cuestionario de salud cuando se trata de cuestiones apreciables a simple vista
STS Sala 1ª de 2 diciembre 2014
Examina la Sala un supuesto donde queda acreditado que las dolencias omitidas en la declaración de salud, que habían motivado la declaración de invalidez, estaban asociadas a deformaciones físicas y a limitaciones funcionales de movilidad evidentes, y necesariamente apreciables a simple vista. Esto es, eran evidentes a la vista del empleado de la Caja que, por cuenta de la compañía aseguradora, concertó con el tomador el seguro de vida vinculado al préstamo hipotecario. Eso significa que fue quien contrataba por la aseguradora quien obvió estas evidentes dolencias y admitió que no aparecieran reflejadas en la declaración de salud, por las razones que fueran, pero con el consiguiente efecto de que esta divergencia entre el riesgo declarado y el riesgo real, al tiempo de concertarse el seguro, no pudiera ser debida a una conducta dolosa o con culpa grave del tomador del seguro.
Entiende en consecuencia que no puede hablarse de dolo o culpa en la omisión del cuestioanrio de salud, por lo que condena a la aseguradora.
Fuente: ARTE JURÍDICO