Primera resolución en Murcia estimando la demanda interpuesta contra la Caja Rural Central y declarando nula la cláusula reguladora de los gastos del préstamo hipotecario.
El Juzgado de Instancia 11 de Murcia, especializado en condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantía real inmobiliaria cuyo prestario sea persona física, ha notificado hoy su primera resolución.
En ella estima la demanda interpuesta contra Caja Rural Central, declara nula la cláusula que regula los gastos del préstamo hipotecario y condena a la entidad a abonar 1.581,44 euros, al considerar por no puesta la citada claúsula debido a que “mediante la misma se atribuye al prestatario la totalidad, sin excepción, de los gastos que la operación de préstamo con hipoteca lleva
consigo”.
Además, la sentencia aclara que en estos gastos se incluyen no sólo los relativos a la tasación, notaría, registro y gestoría, sino también todo eventual gasto futuro, incluidos los generados por la cancelación.
Las razones que esgrime el juzgado son que el desequilibrio se produce en un doble aspecto: por tener que abonar el prestatario, íntegramente y por no existir negociación en la determinación de la entidad que iba a realizar el servicio.
Añade además que “se atribuyen al prestatario-consumidor, una serie de importes que, conforme a la ley, no deben corresponder nunca al mismo”.