La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha estimado por unanimidad el recurso de amparo de una propietaria de vivienda, anulando la suspensión del lanzamiento de un ocupante ilegal. El órgano judicial había denegado el alzamiento de la suspensión pese a que no se cumplían los requisitos del art. 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, norma clave en materia de desahucios y ocupación ilegal en España.
El caso comenzó como un desahucio por impago de rentas, pero tras el abandono de la arrendataria, la vivienda fue ocupada ilegalmente. Aunque inicialmente se suspendió el lanzamiento por vulnerabilidad económica derivada de la pandemia, la nueva propietaria solicitó reanudar el procedimiento al no cumplirse ya los requisitos legales, especialmente porque no era gran tenedora. Sin embargo, el juzgado mantuvo la suspensión aplicando de forma arbitraria el art. 1 del Real Decreto-ley 11/2020 en vez del art. 1 bis, lo que motivó el recurso de amparo.
El Tribunal Constitucional ha declarado la nulidad de las resoluciones judiciales, al considerar que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de la propietaria por una aplicación incorrecta y arbitraria de la normativa sobre suspensión de lanzamientos en casos de ocupación ilegal.



