La filiación es el vínculo que une al hijo con el padre y con la madre.
¿Qué clases de filiación existen?
Nuestro Código Civil en su artículo 108 reconoce dos clases de filiación: la filiación por naturaleza y por adopción. La filiación por naturaleza puede ser matrimonial y no matrimonial
Los efectos de la filiación por naturaleza (matrimonial o extramatrimonial) y la filiación por adopción son los mismos.
Ya no existe en nuestro ordenamiento jurídico el concepto de hijo ilegítimo (el nacido fuera del matrimonio) o natural (el nacido de personas que podían contraer matrimonio entre sí pero no estaban casadas).
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