7 julio, 2016

Tus abogados en Murcia. Incapacidad

Abogado especialista incapacidad

El artículo 199 del Código Civil establece que «Nadie puede ser declarado incapaz sino por sentencia judicial en virtud de las causas establecidas en la Ley». De acuerdo con lo establecido en el art. 200 del CC: «Son causas de incapacitación las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impidan a la persona gobernarse por sí misma».

Ampliar información

Consulta a tu abogado en Murcia sobre Incapacidad

Puedes enviarnos tu consulta  a través del siguiente formulario.
Tu primera consulta es GRATUITA.
[pirate_forms]